Los 400 euros de Zapatero, ¿también para los parados?
Viernes 14 de marzo de 2008
¡Viva la democracia! Los 400 euros que Zapatero prometió en Campaña Electoral, los van a cobrar hasta los que no le votaron, hasta los que le criticaron, hasta los que le desearon lo peor…, TODOS, la democracia es así ¡Viva la Democracia!. Reconozco que no me da un poco de rabia que los que han votado al PP y otros se beneficien de esta promesa electoral. Pero así es como hay que verlo: era una oferta para aliviar los bolsillos de los españoles a los que gobernase, le votaran o no, se beneficiarán todos.
A mi particularmente no me gusta las promesas-tipo-alondiga que suceden en Campaña Electoral. Es como en una subasta: ¿quién da más?, es evidente que tienes que entrar en el juego, pero lo de "y nosotros más", aunque sea parte del juego electoral, denigran un poco la Campaña en sí.
Bueno pues una de estas promesas electorales, que estoy segura que se va a cumplir pronto como muchas otras se cumplieron durante la pasada legislatura (¡Gracias Zapatero!), es la de los 400 Euros. Yo tengo una duda, como sabeís estoy en el paro, me despidieron, ¿nos beneficiaremos los parados de estos 400 Euros? Conste que, ni mucho menos mi voto tenía nada que ver con esta oferta (como supongo que para la mayoría de los votantes), y que si al final no lo cobramos no me voy a sentir engañada. Pero, en nuestra situación serían bienvenidos. Sé que los autónomos sí se beneficiarán, como lo hicieron también de otra promesa electoral de Zapatero que cumplió durante la pasada legislatura, el tener cobertura durante las bajas laborales. (¡Gracias Zapatero!)
Yo entiendo que si la percepción de los 400 se hará a través de rebajas fiscales del IRPF, los parados también nos beneficiaremos ya que del total bruto del paro se nos descuenta el IRPF y la Seguridad Social. Bueno si alguien cercano al Sr. Solbes sabe la respuesta a mi pregunta… agradecería que me informase.
En cualquier caso, que con estos 400 podamos afrontar todos, los difíciles tiempos de recesión económica que nos esperan, cada vez más duros… ¡por Dios que el petroleo deje de subir ! (con estas cifras cualquiera no reconoce que las previsiones pueden ser de un menor crecimiento que el previsto), ¿dónde está el techo?.
Foro
5 Mensajes del foro
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Los 400 euros de Zapatero, ¿también para los parados? 14 de marzo de 2008 13:51
si eso es que lo explique como el indice de crecimiento antes de votar pasaba 3.1% aller decia que sera por debajo 2.1% ¿aquien excluira? esa verdad.
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Los 400 euros de Zapatero, ¿también para los parados? 14 de marzo de 2008 15:18, por ElenaWord
El día 7 de marzo corrigió esta previsión (antes de votar - se votó el día 9), y las previsiones pueden variar debido a las múltiples variables que se utilizan para elaborarlas.
pd.: revisa tu ortografía antes de enviar los comentarios. Todos podemos equivocarnos, pero no he visto nunca tantas juntas en dos líneas. Casi como un adolescente mandando un SMS.
Ver en línea : http://www.europapress.es/00338/200...
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Los 400 euros de Zapatero, ¿también para los parados? 17 de abril de 2008 10:35, por Santiago Valverde
De momento algo se sabe del tema pero para los autónomos:
Ver en línea : Los autónomos se deducirán los 400 euros del IRPF en tres fases
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Los 400 euros de Zapatero, ¿también para los parados? 23 de abril de 2008 10:35, por Santiago Valverde
También he encontrado esto:
Ver en línea : La deducción de 400 euros no se hace igual para todos
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¡Importante! Nueva Información 12 de junio de 2008 18:42, por Santiago Valverde
Nota informativa: Deducción de 400 € para IRPF 2008
El Real Decreto-ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica (BOE del 22), ha establecido una nueva deducción de la cuota líquida del IRPF, con efectos desde el 1 de enero de 2008, cuya cuantía es de hasta 400 euros anuales y que podrá ser aplicada por los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo o de actividades económicas en las condiciones previstas en la norma.
Con objeto de que los perceptores de rendimientos del trabajo y de actividades económicas vean anticipados los efectos de la nueva deducción sin tener que esperar a la presentación de las declaraciones del IRPF del ejercicio 2008, el Consejo de Ministros ha aprobado el día 23 de mayo un Real Decreto en el que se establecen los mecanismos para que el importe de dicha deducción se tenga ya en cuenta a efectos de determinar el importe de las retenciones sobre los rendimientos del trabajo que se les satisfagan a partir del día 1 de junio del año 2008, así como al calcular la cuantía de los pagos fraccionados que los contribuyentes que realicen actividades económicas deban efectuar por el segundo y sucesivos trimestres del presente año.
En relación con la mencionada deducción y su aplicación en 2008 interesa destacar los siguientes aspectos:
1. Al haberse establecido sus efectos a partir del día 1 de enero de 2008, la deducción de 400 euros no resulta aplicable en la Campaña de Renta 2007. 2. Sólo resulta aplicable a los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo (incluidos pensionistas) y de actividades económicas en los términos previstos en la norma. 3. Se configura como una deducción de la cuota líquida del IRPF. 4. La anticipación de sus efectos económicos a 2008 se efectúa mediante la reducción de las retenciones del trabajo que soportan los trabajadores y pensionistas y de los pagos fraccionados a ingresar por actividades económicas, de la siguiente forma:
d.1) Trabajadores y pensionistas: * Nómina del mes de junio de 2008: las retenciones se reducirán en 200 euros, como máximo. Por tanto, un trabajador que fuese a soportar una retención de 750 euros en junio de 2008, realmente solo soportará una retención de 550 (750-200). Si fuese a soportar una retención de 180, realmente no se le retendrá nada. * Nóminas de los meses de julio a diciembre de 2008: disminución del tipo de retención en la cuantía necesaria para completar la reducción de las retenciones de 2008 hasta los 400 euros. En el primer ejemplo del guión anterior, el trabajador tiene 200 euros pendientes (400-200) mientras que en el segundo caso tiene 220 (400-180).
Los trabajadores y pensionistas que no estuviesen soportando retenciones durante el año 2008 no podrán ver anticipados los efectos económicos de la nueva deducción, sin perjuicio de la aplicación de la misma cuando presenten la declaración del IRPF correspondiente a dicho año, en los términos previstos en la norma.
Para facilitar la aplicación de la medida la Agencia Tributaria va a desarrollar las siguientes actuaciones:
* Puesta a disposición de los obligados a retener de un programa de ayuda para el cálculo de las retenciones que podrá ser utilizado a partir de julio (en junio la reducción de retenciones es lineal: 200 euros o una cantidad inferior si la retención que se fuese a practicar antes de la entrada en vigor de la medida fuera inferior a dicho importe). Este programa estará disponible desde primeros de junio. * Envío de una carta informativa a los obligados a retener explicándoles la novedad normativa y el procedimiento a seguir para aplicarla. * Contactos con los profesionales tributarios y organizaciones empresariales para facilitar la celebración de las sesiones informativas que se consideren precisas.
d.2) Empresarios y profesionales: * Reducción de hasta 200 euros en el pago fraccionado del segundo trimestre de 2008, y de 100 euros en los pagos fraccionados de cada uno de los dos trimestres siguientes. * La cantidad no reducida en un trimestre por insuficiencia del importe del pago fraccionado, podrá reducirse en los pagos fraccionados de los trimestres siguientes del mismo año.
Ver en línea : Nota informativa: Deducción de 400 € para IRPF 2008

